Acoso Laboral

¿Cuál es la definición de acoso laboral?

Es toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado o trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.

Es muy importante para el denunciante contar con la prueba del acoso, así como lograr demostrar la intención de daño del acosador.

¿Qué modalidades de acoso laboral existen?

La ley contempla las siguientes:

  1. Maltrato laboral
  2. Persecución laboral
  3. Discriminación laboral
  4. Inequidad laboral
  5. Desprotección laboral

¿Definición de maltrato laboral?

Es todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñó como empleado trabajador.

Toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre de quienes participen en una relación de trabajo de tipo laboral.

 Todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral.

¿Definición de persecución laboral?

Es toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.

¿En qué consiste la discriminación laboral?

Todo trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social o que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral.

¿La inequidad laboral?

Se presenta cuando existe una asignación de funciones a menosprecio del trabajador.

Ejemplo: a un gerente del área de producción le asignan como funciones el manejo del área del fotocopiado.

¿Qué es la desprotección laboral?

Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de funciones sin en cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.

¿Quiénes son sujetos activos o autores del acoso laboral?

–       La persona natural que se desempeñe como gerente, jefe, director, supervisor o cualquier otra posición de dirección y mando en una empresa u organización, en la cual haya relaciones laborales.

–       La persona natural que se desempeñe como superior jerárquico o tengas la calidad de jefe de una dependencia estatal.

–       La persona natural que se desempeñe como trabajador o empleado

¿Quiénes son sujetos pasivos o víctimas del acoso laboral?

–       Los trabajadores o empleados vinculados a una relación laboral de trabajo en el sector privado;

–       Los servidores públicos, tanto empleados públicos como trabajadores oficiales y servidores con régimen especial que se desempeñen en una dependencia pública

–       Los jefes inmediatos, cuando el acoso prevenga de sus subalternos

Son sujetos participes:

–       La persona natural que como empleador promueva, induzca o favorezca el acoso laboral

–       La persona natural que omita cumplir los requisitos o amonestaciones que se profieran por los inspectores de trabajo.

¿Qué caducidad tienen las acciones derivadas del acoso laboral?

Las acciones derivadas del acoso laboral caducarán seis (06) meses después de la fecha en que hayan ocurrido las conductas ocurridas.

Te invitamos a que nos escribas con cualquier inquietud que tengas sobre derecho laboral