A lo largo del régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios se han establecido los siguientes derechos y deberes para todos los usuarios:
1. A un servicio continuo y de buena calidad. (*Salvo caso de fuerza mayor y previa información al usuario, la empresa puede interrumpir el servicio).
2. A participar en la gestión y control de los prestadores de servicios públicos domiciliarios.
3. A tratamiento tarifario igual con cualquier otro consumidor con características de costos
iguales para la empresa.
4. La empresa solo puede cobrar lo que se consume. (* Revise su factura y compare los consumos para verificar que no existan desviaciones significativas).
5. A recibir oportunamente la factura. (*El no recibo de la factura no lo exime de pagar el servicio).
6. A una correcta estratificación y régimen de subsidios. (* Todas las facturas de los diferentes servicios deben llegar con el mismo estrato para el mismo predio.)
7. A un contrato de prestación de servicios con condiciones uniformes. (* Si no tiene el Contrato, solicítelo, es importante que lo lea.)
8. A presentar peticiones, quejas, reclamos y recursos. (*Cuando tenga un problema con el servicio acuda primero ante el prestador).
9. Derecho a la Información.
10. Recuerde que el prestador debe informar a los usuarios en un periódico de amplia Circulación las actualizaciones tarifarias.
11. Ayuda por parte del prestador para la detección de fugas imperceptibles. (* Una vez detectada la fuga, usted cuenta con un plazo de dos meses para remediarlas. Verifique que las instalaciones de su vivienda se encuentren en buen estado.)
12. A elegir el prestador del servicio cuando en la región existan dos o más empresas que presten un mismo servicio.
13.Pagar oportunamente los servicios. La falta de pago dará lugar a la suspensión del servicio. Evite pagar reconexión e intereses de mora.
14. Participar como ciudadanos.
15. Deber de usar racionalmente los servicios. El agua y la energía que usted desperdicia, las pueden necesitar otras personas para vivir.
16. Respetar los sellos de seguridad de los medidores. Evite que lo sancionen por manipulación indebida del medidores, no entorpecer su buen funcionamiento, lectura y revisiones.
17. Dar al servicio únicamente el uso que fue convenido. El incumplimiento de este deber puede acarrearle la suspensión y corte del servicio.
18.Si necesita cambiarlo deberá hacer la solicitud con la empresa correspondiente
19. Permitir la lectura de los medidores. De esta forma puede obtener un cobro acorde con su consumo.
20. Velar por el adecuado estado del medidor y de las conexiones. Así podrá evitar fugas del Servicio y su hurto
21.Informar al prestador cuando sea necesario reparar o reemplazar el medidor. No trate de arreglarlo usted por su cuenta, esta es labor de un técnico especializado.
22. Usted puede contratar el técnico o solicitar este servicio al prestador.